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SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO







SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO:
Es la entidad que se encarga de Vigilar, inspeccionar y controlar la prestación de los servicios públicos de notariado y registro.


ACTOS DE FE
En el desarrollo de su actividad el notario tiene a su cargo dar fe pública que confiere autenticidad, presunción de certeza y seguridad, a los actos que autorice o a los hechos que perciba en ejercicio de sus funciones.

1. Fe de vida

Es la competencia mediante la cual el Notario da testimonio de la existencia de una persona natural y firma la correspondiente fe de vida como otras de la misma naturaleza,

2. Autenticación de firmas y documentos
Se refiere al testimonio que da el Notario en cuanto a que la firma o firmas fueron puestas en su presencia, previa identificación de los firmantes, o a que la firma o firmas que aparecen en el documento corresponden a las que fueron registradas ante él, previa confrontación de las dos.

3. Declaraciones extraprocesales

Se puede rendir un TESTIMONIO ante el notario para constituir prueba con fines extraprocesales, identificándose ante el mismo y expresando con claridad los hechos respecto de los cuales tenga conocimiento.

LA ESCRITURA PÚBLICA
La escritura pública es un documento en el que se hace constar ante Notario público un determinado hecho o derecho el cual es autorizado el notario. La escritura pública es un instrumento notarial que contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes en un acto o contrato, emitidas ante notario con el lleno de los requisitos legales propios y específicos de cada acto, para su incorporación al protocolo.


DOCUMENTOS DEL EXTERIOR.
EL APOSTILLE: Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero.  El apostille consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente, por ejemplo la firma del notario. Este trámite, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.

Los documentos que se encuentren en otro idioma deben ser traducidos por traductor oficial, estos traductores deben estar inscriptos en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.

REGISTRO CIVIL                           
Es la institución destinada a dar publicidad a los hechos relativos al estado civil de las personas, inscribiéndose también otros hechos que determina la ley. Constan en el Registro Civil el nacimiento, el matrimonio, la defunción, el nombre y apellidos, las indicaciones del régimen económico – matrimonial, la nacionalidad, vecindad.


REQUISITOS PARA REGISTRAR: NACIMIENTO

1) CERTIFICADO DE NACIDO VIVO:
DOCUMENTO QUE EMPEZO A CIRCULAR DESDE EL 19 ENERO DE 1.998, (ANTES DE ESA FECHA CON CERTIFICADO MEDICO) Y/O EN SU DEFECTO CON TESTIGOS QUE DEN FE DE ESE NACIMIENTO, EJ: ABUELOS, BISABUELOS, TATARABUELOS (FAMILIA ASCENDIENTE).

2) DOCUMENTO DEL R H DEL BEBE, (ESTA ESCRITO EN EL NACIDO VIVO PERO NOSOTROS NOS CURAMOS EN SALUD, PORQUE HAY VECES CAMBIA, PORQUE VIENE REVUELTO CON EL DE LA MADRE. LA REGISTRADURIA LO EXIGE AL HACER LA TARJETA DE IDENTIDAD.).

3) ORIGINALES Y COPIAS DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS PADRES. (CUANDO ES UN PADRE EXTRANJERO: CEDULA DE EXTRANJERIA, O PASAPORTE. (NO SIRVE OTRO)

PARA REGISTRAR: MATRIMONIO CATOLICO:
1) PARTIDA DE MATRIMONIO EXPEDIDA POR LA PARROQUIA
2) CERTIFICACIÓN DE LA CURIA.
3) COPIAS DE LAS CEDULA DE LOS CONTRAYENTES, Y SI VIENE A REGISTRAR UN TERCERO, TAMBIEN COPIA DE CEDULA. (ESTO SE HACE EN CUALQUIER TIEMPO.)

PARA REGISTRAR: DEFUNCIÓN:
1) CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
2) COPIA DE LA CEDULA DEL FALLECIDO
3) COPIA DE LA CEDULA DE QUIEN VIENE A HACER EL REGISTRO (ESTO DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES AL FALLECIMIENTO)
4) PASADOS 48 HORAS DE LEY PARA REGISTRAR, DEBE TRAER UN DENUNCIO ANTE LA INSPECCION DE POLICIA EL PORQUE NO LO REALIZO DENTRO DEL TERMINO LEGAL Y SE HACE, EXTEMPORÁNEO.

EL SISTEMA DE REGISTRO EMPIEZA DESDE 1.938. Y SE UTILIZO PAPEL SELLADO PARA REGISTRO

ESTO HASTA EL AÑO 1.970 Y A PARTIR DE ESTA FECHA SE EMPEZO A REALIZAR CON FORMATOS DEL DANE.

PARA MATRIMONIO         EMPEZO EN EL AÑO 1.981, Y PARA LOS REGISTROS DE DEFUNCIÓN EMPEZO EN EL AÑO 1.988.



6 comentarios:

  1. FAVOR ME INDICAN SI PUEDO CONSULTAR EN QUE NOTARIA SE ESTA TRAMITANDO LA SUCESION DE GRAZIANO FREGONSE

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  2. COMO SABER EN QUE NOTARIA ESTA REGISTRADO EN REGISTRO DE NACIMIENTO DE UNA PERSONA?

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    Respuestas
    1. Para saber en que notaría o regitraduria estoy registrada

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  3. Pedido de reconstrucción de registro civil solicitado en abril 2015 Notarìa Primera de Valledupar, sin respuesta.

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  4. tengo una propiedad rural, con escritura, pero al sacar el certificado de tradición sale en el certificado de la finca madre, consulte en el IGAC y el lote aparece desglosado, como hago para obtener el certificado solo para lo mio

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  5. compre el pin en baloto y no puedo usarlo como se hace el proceso

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