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domingo

Recomendaciones para realizar trámites notariales

“Ahora los trámites notariales se podrán hacer por la Web”

En tanto ciudadanos, constantemente acudimos a las notarías de nuestras ciudades para realizar diferentes tipos de trámites. Autenticar un documento, realizar traspasos de propiedades, registrar nuestros hijos, son algunos de las gestiones más comunes. No obstante y pese a los esfuerzos realizados por los notarios, las largas filas y los tiempos de espera prolongados son una constante en este tipo de recintos. En este punto, las Tecnologías de Información y Comunicaciones – TIC – se presentan como una herramienta capaz de brindar una ayuda esencial para la realización de estos asuntos sin necesidad de desplazamientos, minimizando así los tiempos de espera.
En palabras de Victoria Kairuz, directora del Plan TIC, “está demostrado que las TIC son una herramienta clave para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Incorporar las TIC en el servicio notarial permitirá al ciudadano interactuar con la Notaría con eficacia y rapidez, y, claro está, reducir tiempos de los trámites”.
En este sentido, el 3 de diciembre del 2009, la Unión Colegiada de Notariado y el Ministerio de las TIC, firmaron el Pacto Social Notarial, el cual busca promover el uso y la apropiación de las TIC en la actividad del sector notarial, en aras del bienestar general de la comunidad. Para el alcance de esta meta se ha propuesto la adecuación de los servicios notariales que se prestan a medios electrónicos y digitales, así como la sensibilización en herramientas TIC a los trabajadores y usuarios de las notarías. La adecuación de la infraestructura, por su parte, es esencial, para lograr un mejor y más rápido acceso a la información. También se está buscando la posibilidad de acceder a bases de datos de entidades públicas o privadas con el fin de autorizar contratos, por ejemplo. Y por último, fomentar la divulgación de los resultados que se obtengan para fortalecer la cultura del documento digital.
Al inicio de esta semana, presenciamos la realización del evento “Notaría Digital para la Comunidad” poniendo así en evidencia el compromiso asumido por las notarias colombianas en modernizarse y como muy bien lo dice Álvaro Rojas Charry, Presidente de la Unión Colegiada del Notariado Colombiano, “está modernización no debe quedarse sólo en los despachos, sino en los procedimientos para la prestación de su servicio. Creemos que a través de las TIC, podemos lograr importantes resultados para bien de la ciudadanía y la modernización de nuestro servicio”.
Por ahora no se tiene totalmente establecido los servicios notariales que entrarán a la era digital. Solo hay certeza que tanto el correo electrónico certificado como la firma electrónica son los primeros servicios que compondrán el abanico de trámites notariales digitales, y que el tiempo que tomara esta evolución será cerca de cinco años. Sin embargo y para concluir, quisiera dejar abierta una posible discusión entorno a los riesgos de seguridad que esto implicaría, se presentarán problemas jurídicos o se podrán manejar, como por ejemplo se viene haciendo, desde hace ya varios años, con el sistema bancario.

María Juliana Tobón F.
Asesora Observatorio Observando TIC
Corporación Colombia Digital

Trámites en las notarías serán más ágiles

NOTARIA 69 DE BOGOTA “UNO DE LOS MAYORES EJEMPLOS EN TRAMITES ON LINE”



http://www.notaria69.com.co/default.asp?iId=FMKLEG

Desde su apertura en febrero 8 del año 2006, la Notaría 69 de Bogotá tuvo como objetivo, consolidar y preparar un equipo humano, con sentido del servicio público, con compromiso social, dedicado a prestar de la mejor manera el servicio notarial y hacer de nuestros usuarios, unos clientes satisfechos.
TECNOLOGÍA
Trabajamos con la mejor tecnología del momento para prestar de manera ágil, segura y en línea el servicio notarial. Nuestro protocolo y archivos están totalmente digitalizados y amparados por sistemas de seguridad de informática.
Vía Internet le otorgamos su turno, recibimos y enviamos minutas y documentos y mediante el sistema VUR asesoramos a nuestros usuarios en la verificación del título y los certificados de paz y salvo de impuestos y contribuciones.
De la mano del gobierno nacional, del Ministerio de tecnologías de la información y las telecomunicaciones, de la Superintendencia de Notariado y Registro y de la Unión nacional del notariado colombiano, trabajamos para alcanzar la prestación de un servicio ágil, moderno y vanguardista a tono con las necesidades del mundo actual.
CERTIFICACIÓN DE CALIDAD
Nuestro sistema de trabajo y nuestros procedimientos, están certificados por Bureau Veritas, empresa francesa de certificación de gestión de calidad, bajo los estándares de ISO 9000/2001.
Como parte de su responsabilidad social, la Notaría 69 de Bogotá adelantó un nuevo proceso de certificación en control de riesgos ambientales, bajo las normas ISO 14001.



RESULTADOS DEL CONTROL INTERNO EN UNA NOTARIA

La necesidad de un Modelo de la implementación del control interno en la Notaría, surgió con el fin de garantizar que las operaciones estuvieran debidamente registradas, considerando los riesgos a los cuales estaban expuestos los procesos relacionados con la prestación de servicios al público y las actividades de apoyo de la Notaria, debido a la poca importancia que se le había dado al control interno.

Con base en los resultados de la evaluación al ambiente de control interno actual de la Notaría, se presentan a continuación las recomendaciones para que se implementen las mejoras en un plan de acción debido a que el grado de madurez es incipiente y requiere la máxima atención por parte del Notario y el equipo de la alta dirección de la Notaría que lo acompaña.

1.            Ética
La ética en el desempeño de la Notaria como parte del ambiente de control, debe fortalecerse mediante la implantación y fortalecimiento de medidas, instrumentos y demás elementos en materia, lo cual debe integrarse en los sistemas de gestión.

2.            Personal

El funcionamiento exitoso del sistema de control interno requiere que el personal de la notaría reúna las competencias y los valores requeridos para el desempeño de los puestos y la operación de las actividades de control correspondientes a los diversos puestos.



3.            Estructura

La estructura orgánica debe propiciar el logro de los objetivos de la Notaría, y en consecuencia, apoyar el sistema de control interno, mediante la definición de la organización formal, sus relaciones jerárquicas, líneas de dependencia y coordinación; asimismo, debe ajustarse según lo requieran la dinámica notarial, del entorno y de los riesgos relevantes.

4.            Marco orientador

Debe establecerse un marco orientador para la valoración del riesgo notarial que comprenda la política de valoración de la estrategia del Sistema Específico de Valoración del Riesgo notarial y la normativa interna que regule este último. Las tres anteriores, deben ser aprobadas por el Notario, divulgadas a toda la organización y aplicadas por todos los funcionarios.



5.            Herramienta para la administración de la información
Debe establecerse una herramienta para la gestión y documentación de la información que utilizará y generará el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional, la cual podrá ser de tipo manual, computadorizada o una combinación de ambos.

La herramienta para la administración de la información provee oportunamente al Notario y a los titulares del Equipo de la alta dirección, alertas de nuevos riesgos o de cambios en los riesgos existentes.

6.            Funcionamiento del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Notarial
Deben ejecutarse actividades para la identificación, análisis, evaluación, administración y revisión de los riesgos por áreas, sectores, actividades o tareas, de conformidad con las particularidades de la Notaria.
La valoración de riesgos está inmersa en las actividades diarias, y permite anticipar condiciones que podrían incidir en la consecución de los objetivos institucionales, así como emprender las acciones correspondientes.

- Se cuenta con mecanismos, políticas y procedimientos que propician un análisis constante de los riesgos, a fin de ajustar oportunamente las medidas de administración vigentes.

- Constantemente y de manera sistemática se evalúa la información que suministra el Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional y se ajustan las medidas para la administración de riesgos.

7.            Documentación  y comunicación

Deben establecer actividades permanentes del proceso de valoración del riesgo referidas a la documentación y comunicación, que consisten en el registro y la sistematización de información asociada con los riesgos, así como la preparación, distribución y actualización de información sobre los riesgos.
Se cuenta con mecanismos, políticas y procedimientos que garantizan razonablemente la revisión y actualización permanente de la información sobre los riesgos institucionales, la cual se evalúa y se ajusta de acuerdo con los requerimientos del entorno.
- Se han instaurado procesos para la documentación de riesgos, que promuevan la generación de iniciativas innovadoras.

- Se han instaurado procesos para la comunicación de riesgos, que promuevan la generación de iniciativas innovadoras.

8.            Características de las actividades de control

Las actividades de control deben reunir las siguientes características:
a) Integración a la gestión
b) Respuesta a riesgos
c) Contribución al logro de los objetivos a un costo razonable (costo-beneficio)
d) Viabilidad técnica y jurídica
e) Documentación en manuales de procedimientos, descripciones de puestos u otros documentos similares
f) Divulgación entre los funcionarios que deben aplicar las actividades de control en el desempeño de sus cargos

9.             Alcance de las actividades de control

Las actividades de control deben cubrir todos los ámbitos de la gestión notarial y contribuir al logro de los objetivos del sistema de control interno.



11.         Formalidad de las actividades de control

Los requisitos de las actividades de control  incluyen su documentación y comunicación, para lo cual se tiene como condición previa que sean oficializadas mediante su aprobación por las autoridades competentes.

12.         Aplicación de las actividades de control

Las actividades de control deben estar integradas a los procesos notariales, y su aplicación convertirse en una práctica normal, casi cultural, por parte de los funcionarios de la institución.
13.         Alcance de los sistemas de información

Los sistemas de información deben asegurar razonablemente la recopilación, el procesamiento y el mantenimiento de información sobre el entorno, la Notaria y su desempeño, así como la comunicación de esa información a las instancias internas y externas que la requieran.

14.         Calidad de la información

Los sistemas de información deben recopilar, procesar y generar información que responda a la necesidad de los diversos usuarios, con un enfoque de efectividad y de mejoramiento continuo, y teniendo en cuenta los atributos de confiabilidad, oportunidad y utilidad que esa información debe reunir.

15.         Calidad de la comunicación

La información debe comunicarse a las instancias pertinentes, en forma y tiempo propicios, con un enfoque de efectividad y mejoramiento continuo, y utilizando canales y medios que garanticen razonablemente su oportunidad y seguridad.

16.         Control de los sistemas de información

Deben establecerse, aplicarse y perfeccionarse los controles pertinentes para que los sistemas de información garanticen razonablemente la calidad de la información y de la comunicación, la seguridad y una clara asignación de responsabilidades y administración de los niveles de acceso a la información y datos sensibles, así como la garantía de confidencialidad de la información que ostente ese carácter.

17.         Participantes en el seguimiento del sistema de control interno

El liderazgo por el seguimiento del sistema de control interno debe ser asumido por el Notario y compartido con la Alta dirección. Por su parte, los funcionarios tienen una participación activa en las labores de seguimiento continuo y periódico.

18.         Formalidad del seguimiento del sistema de control interno

El seguimiento del sistema de control interno debe observar un proceso estructurado debidamente oficializado mediante las disposiciones administrativas pertinentes, en relación con el alcance, la periodicidad, las responsabilidades, los mecanismos y las herramientas correspondientes.

19.         Alcance del seguimiento del sistema de control interno

El seguimiento del sistema de control interno debe abarcar el funcionamiento, la suficiencia y la validez del sistema, su contribución al desempeño Notarial y al logro de los objetivos, y el grado en que los componentes funcionales se han establecido e integrado en el accionar notarial. Asimismo, debe comprender actividades permanentes y periódicas, y la implantación de las mejoras que se determinen.

20.         Contribución del seguimiento del sistema de control interno a la mejora del sistema

Como resultado del seguimiento del sistema de control interno, deben determinarse las mejoras que procedan, las cuales se calendarizan en un plan de implementación que, a su vez, será objeto de verificación en términos de su aplicación conforme a lo planeado y de la efectividad de las medidas adoptadas para fortalecer el sistema de control interno.



CONCLUSIONES

Le corresponderá al Notario y la Alta Dirección establecer en la Notaria un entorno favorable alrededor de la función administrativa y del servicio en donde se promueva, los principios y fundamentos, estableciendo las acciones que permitan la coordinación de las actividades detalladas en las recomendaciones dadas.
Será un punto clave para el buen desarrollo del Sistema de control interno crear conciencia en cada uno de los colaboradores de la Notaria, independiente de su nivel jerárquico, para que todos desarrollen un papel importante para la implementación, mantenimiento y la mejora continua del sistema de control, en forma participativa y colectiva, manteniendo los principios, valores y conductas que se integraran al sistema de la Notaria.

Para  el cumplimiento del objetivo de la implementación del control interno en la Notaria, es necesario  generar una nueva cultura del autocontrol en cada uno de los colaboradores, que se sensibilicen las normas, valores y principios y  lleguen a ser capaces de subordinar sus intereses particulares a favor del cumplimiento de los objetivos de la Notaria, de tal forma que el sentido de pertenencia haga parte del día a día en el ambiente laboral.

En la Notaria es necesario convenir las acciones preventivas, detectivas y correctivas que aseguren conservar las operaciones, funciones y actividades colectivas en unión con los principios de eficiencia, eficacia y economía, para el apropiado desarrollo de la implementación del sistema y así confrontar de manera permanente el registro y generación de la información, cumpliendo con el propósito de soportar la toma de decisiones internas, el cumplimiento de las obligaciones ante los diferentes entes y fortalecer los procesos de comunicación con los grupos de interés sobre la forma de conducir la Notaria.




RECOMENDACIONES

Con la implementación del Modelo Estándar de control Interno, la Notaria dispondrá de un mecanismo de verificación y evaluación del Sistema de Control Interno que brindará un apoyo a la toma de decisiones en procura de los objetivos notariales. Siendo este modelo, un mecanismo de alto nivel de autoprotección a la Notaria, que les permitirá cumplir con eficiencia, eficacia, economía y transparencia en todas sus actividades y esencialmente las orientadas al correcto manejo de los recursos.

A la vez se garantizará la correcta evaluación y seguimiento de la gestión de la Notaria y de los diferentes niveles de autoridad y responsabilidad, permitiendo acciones oportunas de corrección y propiciando el mejoramiento continuo de la gestión de la Notaria y de su capacidad para responder efectivamente a los diferentes grupos de interés.

Por lo anteriormente mencionado, la decisión de la implementación, debe ser consecuencia del pleno convencimiento en primer lugar del Notario y de la alta dirección y en segundo lugar de todos los Funcionarios o colaboradores; de acuerdo con un plan de mejoras para implementar las actividades de control, esto con base al conocimiento de los beneficios que obtendrá la Notaria con un efectivo Sistema de Control Interno que apoye el cumplimiento de sus objetivos.

lunes

CURADURIA URBANA


Es la oficina donde el curador urbano y su equipo de profesionales especializados en norma urbana y licencias urbanísticas ofrecen el servicio de orientación al ciudadano sobre el tema y donde se adelantan los procesos de estudio y expedición de las licencias urbanísticas.

¿Para qué se crearon las curadurías urbanas?

Para agilizar los procedimientos de solicitud y expedición de licencias urbanísticas, además de descongestionar las oficinas de planeación

 ¿Qué servicios específicos prestan las curadurías?

Consulta y orientación sobre aplicación de normas urbanísticas.
Emisión de conceptos de uso y norma aplicable a un predio.
Información sobre procedimientos y costo de licencias urbanísticas.
Estudio, trámite y expedición de licencias urbanísticas.

 ¿Qué hacen las curadurías urbanas?
Las curadurías expiden y aprueban:

- Licencias de Construcción.
- Licencias de Parcelación
- Licencias de Urbanización.
- Licencias de Subdivisión.
- Modalidades de licencias de construcción: obra nueva, ampliaciones, modificaciones, adecuaciones, reforzamientos estructurales, cerramientos, prórrogas.
- Modalidades de licencias de parcelación
- Modalidades de Licencias de Subdivisión
- Aprobación de planos para constituir el régimen de P.H. por primera vez, o para su adición o reforma, según Ley 675 de 2001.
- Reconocimiento de construcciones
(para construcciones existentes sin licencia).
- Conceptos de norma.
- Conceptos de uso del suelo.
- Anteproyectos urbanísticos o arquitectónicos.

REPARTO

Cuando en el círculo haya más de una notaría se debe repartir equitativamente entre estas los actos de la Nación, los departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios y, en general, de todos sus organismos administrativos, institutos, empresas industriales y comerciales y sociedades de economía mixta, que deban celebrarse por medio de escritura pública. La Superintendencia de Notariado y Registro reglamentará el procedimiento de reparto, de modo que la Administración no establezca privilegios a favor de ningún Notario.

La ley 734 de 2002, Código Disciplinario Único, en su artículo 62 ordinal 2° preceptúa que: "Es deber de los Notarios, someter a reparto las minutas de las escrituras públicas correspondientes a los actos en los cuales intervengan todos los organismos administrativos del sector central y del sector descentralizado territorial por servicios para los efectos contemplados en el literal g) del artículos 38 de la Ley 489 de 1998, cuando en el círculo de que se trate exista más de una notaría".

La diligencia de reparto de minutas en el Distrito Capital estará a cargo del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Reparto Notarial de la Dirección de Gestión Notarial, de la Superintendencia de Notariado y Registro. En los demás casos, el responsable será el respectivo Registrador de Instrumentos Públicos.

UNIVOC


UNION DE NOTARIADO VALLECAUCANO Y DEL OCCIDENTE COLOMBIANO -UNIVOC-,





 "UNIVOC" es una entidad sin ánimo de lucro, con personería jurídica, domiciliada en la ciudad de Santiago de Cali. Existe desde el 21 de Junio de 1990, iniciaron como Colegio de Notarios del Valle -CODENVAL-. En Septiembre de 1999 en Asamblea General esta entidad cambio su razón social a UNION NACIONAL DEL NOTARIADO COLOMBIANO SECCIONAL VALLE - UNC VALLE- En Enero de 2004 nuevamente cambiaron la razón social por UNION DE NOTARIADO VALLECAUCANO Y DEL OCCIDENTE COLOMBIANO -UNIVOC-, finalmente en Febrero de 2006 se quedo con UNION COLEGIADA DE NOTARIADO VALLECAUCANO Y DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO, conservando su sigla UNIVOC. En toda su trayectoria UNIVOC  contó y ha contado con excelentes Presidentes, como lo fueron el Dr. Oscar de Jesús Giraldo Mejía, Notaria 1º de Cartago Valle, ya retirado del cargo de Notario hace 9 años, Dra. Blanca Elvira Herrera Castro,en ese entonces  Notaria 1º de Palmira, Dr. Raúl Jiménez Franco, Notario Único de Yumbo, Dr. Bernardo Vallejo Restrepo, Notario 18º de Cali, Dr. Holmes Rafael Cardona Montoya, Notario 21 de Cali y el actual Presidente el Dr. Alberto Villalobos Reyes, Notario 2º de Buga Valle. 

OBJETIVO DE UNIVOC
Tiene como fin reunir y asociar a los Notarios de los Departamentos del Valle del Cauca, Cauca y Nariño, que así lo soliciten, brindar capacitación en el campo notarial, servir de medios ante la Superintendencia de Notariado y Registro y velar por los derechos y deberes de todos sus afilados y en general porque el Notariado Colombiano en el contexto internacional y nacional siga siendo respaldado y respetado como hasta ahora lo es.


OFICINAS DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS


Las OFICINAS DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
 son las encargadas de llevar un registro de los bienes inmuebles de cada Departamento o Municipio donde se encuentre ubicado el bien.

El registro de instrumentos públicos es un servicio del Estado, que se presta por funcionarios públicos.

Están sujetos a registro:

Todo acto, contrato, providencia judicial, administrativa o arbitral que implique constitución, declaración, aclaración, adjudicación, modificación, limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho real principal o accesorio sobre bienes raíces.


SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO







SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO:
Es la entidad que se encarga de Vigilar, inspeccionar y controlar la prestación de los servicios públicos de notariado y registro.


ACTOS DE FE
En el desarrollo de su actividad el notario tiene a su cargo dar fe pública que confiere autenticidad, presunción de certeza y seguridad, a los actos que autorice o a los hechos que perciba en ejercicio de sus funciones.

1. Fe de vida

Es la competencia mediante la cual el Notario da testimonio de la existencia de una persona natural y firma la correspondiente fe de vida como otras de la misma naturaleza,

2. Autenticación de firmas y documentos
Se refiere al testimonio que da el Notario en cuanto a que la firma o firmas fueron puestas en su presencia, previa identificación de los firmantes, o a que la firma o firmas que aparecen en el documento corresponden a las que fueron registradas ante él, previa confrontación de las dos.

3. Declaraciones extraprocesales

Se puede rendir un TESTIMONIO ante el notario para constituir prueba con fines extraprocesales, identificándose ante el mismo y expresando con claridad los hechos respecto de los cuales tenga conocimiento.

LA ESCRITURA PÚBLICA
La escritura pública es un documento en el que se hace constar ante Notario público un determinado hecho o derecho el cual es autorizado el notario. La escritura pública es un instrumento notarial que contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes en un acto o contrato, emitidas ante notario con el lleno de los requisitos legales propios y específicos de cada acto, para su incorporación al protocolo.


DOCUMENTOS DEL EXTERIOR.
EL APOSTILLE: Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero.  El apostille consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público ha sido puesto por una autoridad competente, por ejemplo la firma del notario. Este trámite, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.

Los documentos que se encuentren en otro idioma deben ser traducidos por traductor oficial, estos traductores deben estar inscriptos en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.

REGISTRO CIVIL                           
Es la institución destinada a dar publicidad a los hechos relativos al estado civil de las personas, inscribiéndose también otros hechos que determina la ley. Constan en el Registro Civil el nacimiento, el matrimonio, la defunción, el nombre y apellidos, las indicaciones del régimen económico – matrimonial, la nacionalidad, vecindad.


REQUISITOS PARA REGISTRAR: NACIMIENTO

1) CERTIFICADO DE NACIDO VIVO:
DOCUMENTO QUE EMPEZO A CIRCULAR DESDE EL 19 ENERO DE 1.998, (ANTES DE ESA FECHA CON CERTIFICADO MEDICO) Y/O EN SU DEFECTO CON TESTIGOS QUE DEN FE DE ESE NACIMIENTO, EJ: ABUELOS, BISABUELOS, TATARABUELOS (FAMILIA ASCENDIENTE).

2) DOCUMENTO DEL R H DEL BEBE, (ESTA ESCRITO EN EL NACIDO VIVO PERO NOSOTROS NOS CURAMOS EN SALUD, PORQUE HAY VECES CAMBIA, PORQUE VIENE REVUELTO CON EL DE LA MADRE. LA REGISTRADURIA LO EXIGE AL HACER LA TARJETA DE IDENTIDAD.).

3) ORIGINALES Y COPIAS DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD DE LOS PADRES. (CUANDO ES UN PADRE EXTRANJERO: CEDULA DE EXTRANJERIA, O PASAPORTE. (NO SIRVE OTRO)

PARA REGISTRAR: MATRIMONIO CATOLICO:
1) PARTIDA DE MATRIMONIO EXPEDIDA POR LA PARROQUIA
2) CERTIFICACIÓN DE LA CURIA.
3) COPIAS DE LAS CEDULA DE LOS CONTRAYENTES, Y SI VIENE A REGISTRAR UN TERCERO, TAMBIEN COPIA DE CEDULA. (ESTO SE HACE EN CUALQUIER TIEMPO.)

PARA REGISTRAR: DEFUNCIÓN:
1) CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN
2) COPIA DE LA CEDULA DEL FALLECIDO
3) COPIA DE LA CEDULA DE QUIEN VIENE A HACER EL REGISTRO (ESTO DENTRO DE LAS 48 HORAS SIGUIENTES AL FALLECIMIENTO)
4) PASADOS 48 HORAS DE LEY PARA REGISTRAR, DEBE TRAER UN DENUNCIO ANTE LA INSPECCION DE POLICIA EL PORQUE NO LO REALIZO DENTRO DEL TERMINO LEGAL Y SE HACE, EXTEMPORÁNEO.

EL SISTEMA DE REGISTRO EMPIEZA DESDE 1.938. Y SE UTILIZO PAPEL SELLADO PARA REGISTRO

ESTO HASTA EL AÑO 1.970 Y A PARTIR DE ESTA FECHA SE EMPEZO A REALIZAR CON FORMATOS DEL DANE.

PARA MATRIMONIO         EMPEZO EN EL AÑO 1.981, Y PARA LOS REGISTROS DE DEFUNCIÓN EMPEZO EN EL AÑO 1.988.